La caja tiene que estar a tiempo para el pago de obligaciones
13 de julio de 2020¿Hacia dónde se mueve la generación de ingresos?
30 de septiembre de 2020En general, muchos de los contratos financieros tienen cláusulas que contienen condiciones previas al desembolso, y obligaciones de hacer y/o de no hacer, que además suelen constituir causas de vencimiento anticipado en relación con el negocio de la empresa en la que se invierte o a la que se financia. Estas cláusulas tienen como razón principal proteger al inversor o financiador para que puedan recuperar su capital.
Así por ejemplo, una condición previa al desembolso típica es que la compañía haya aportado toda la documentación legal relevante, o que no se haya deteriorado su situación financiera desde la fecha de la firma hasta el momento del desembolso. Una obligación típica de hacer es aportar las cuentas anuales. Una obligación típica de no hacer es no vender activos materiales para el negocio sin aprobación del inversor o financiador.
También dentro de las obligaciones típicas están los llamados “covenants financieros”, esto es, obligaciones de mantener los parámetros financieros de una empresa dentro de unos límites. Por ejemplo, que la deuda financiera de la empresa no supere en más de 4 veces (4x) el EBITDA generado por la compañía.
Pues bien, ahora vamos a empezar a ver obligaciones en relación con el coronavirus.
En Findango todavía no habíamos visto restricciones en relación con el coronavirus, pero ya están llegando… la semana pasada CVC, que está negociando una inversión de 300 millones de libras en 5 años por el 17% del Torneo de Rugby Seis Naciones, puso como condición previa a los desembolsos que no haya otra recaída en la pandemia, y si la hubiera, se retendrían los desembolsos hasta que el torneo se reiniciara.
¡Adaptando contratos financieros a la nueva situación!
Los contratos de Findango no tienen clausulas en relación con el coronavirus. ¡Al menos de momento! Son muy sencillos. ¿Los has visto?